¿Cómo controlarán el precio de los medicamentos?

Así como ocurrió con 1.432 productos de la canasta básica, el gobierno nacional alcanzó en la semana un principio de acuerdo con el sector farmacéutico para retrotraer el precio de los medicamentos al 1 de noviembre y mantenerlos durante poco más de dos meses hasta el próximo 7 de enero.

Sin embargo, la metodología para el control del precio de los medicamentos es totalmente distinta a la de los alimentos y productos de higiene y limpieza, para la cual desde la secretaria de Comercio Interior se pidió la asistencia de los intendentes, quienes llevan a cabo un control territorial, supermercado por supermercado de cada producto.

En este caso, los medicamentos tienen de por sí otro tipo de trabazabilidad, que permitiría un control del precio de los mismos mucho más eficiente.

El secretario de Comercio Interior, Roberto Feletti, indicó ayer en declaraciones radiales que el monitoreo será, en ese sentido, a través de la carga de precios por parte de los laboratorios mediante el Vademecum Nacional de Medicamentos que publica la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), la que conforma la base de datos de los medicamentos que se comercializan actualmente en el país.

Desde el gobierno manifestaron que en un principio se contemplará el congelamiento del precio del conjunto de los medicamentos, y luego se irá analizando con los laboratorios las posibles excepciones.

Y añadió: “Los laboratorios acordaron que hay que integrar lo que no estaba integrado en el Vademecum”, un mecanismo que fue “abandonado por el macrismo” y “ahora hay consensos con la Ministra Vizzotti de construirlo”.

“En el caso de los medicamentos, hay afortunadamente una industria nacional importante y fuerte; y también tiene que haber un escenario en el cual haya una regulación sobre la base de definir el acceso a los ingresos populares”, expresó el secretario, y agregó: “La gente no elige comer o no comer; o atenderse o no atenderse cuando está enfermo; es un mercado de demanda rígida”.

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