En las últimas horas, el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº 4, ordenó al Gobierno de la Ciudad que reintegre los descuentos de salarios realizados a miles de docentes que efectuaron medidas de fuerza en el marco de la vuelta a las aulas en medio de la ola de contagios de COVID-19.
La sentencia es producto de una presentación judicial realizada por la Asociación Docente de Enseñanza Media y Superior (ADEMYS), que argumentó: “las huelgas fueron convocadas para resguardar la vida y la salud de los/as docentes y sus familias, frente a la tozuda decisión del GCBA de mantener la presencialidad y exponer a miles de docentes al contagio masivo de COVID-19 en un momento donde todavía no había vacunación efectiva para los y las trabajadores de la educación”.
Asimismo, desde el gremio docente, emitieron un comunicado donde califican “como novedosa forma de ejercer el derecho de huelga”, el hecho de abstenerse a “concurrir a clases presenciales para resguardar la salud y la vida”. En el mismo sentido destacan que el conjunto de trabajadoras y trabajadores de la educación “pusieron a disposición de la comunidad educativa clases remotas a partir de medios virtuales y dispositivos tecnológicos, garantizando la continuidad pedagógica”.
Por su parte, la orden judicial, firmada por la Jueza Laura Cristina Castagnino, condena al Gobierno de la Ciudad por “práctica desleal”, con una sanción de 3 millones de pesos ($3.000.000) “en los términos del art. 53 incs. e) de la ley 23.551, corresponde aplicar una multa por infracción laboral grave, de conformidad con lo dispuesto por el art. 3o inc. g) de la ley 25.212, cuyo monto fijo, razonablemente, en vista de las constancias y características del caso”. La suma total de la multa “será percibida por la autoridad administrativa del trabajo y destinada al mejoramiento de los servicios de inspección del trabajo”, sentencia el fallo.
En otro párrafo, la justicia ordena la “inmediata devolución de los descuentos efectuados por el Gobierno de la Ciudad a los/as trabajadores/as docentes de enseñanza media y superior que se adhirieron a las medidas de acción directa convocadas en el mes de abril, mayo y junio de 2021, en el marco del conflicto colectivo suscitado en torno a la presencialidad durante la denominada “segunda ola” de contagios, en la forma dispuesta en el considerando I in fine, bajo apercibimiento de astreintes.”